Investigación empresarial en Madrid
Pruebas legales para proteger su empresa: competencia desleal, fraude interno y deudores que ocultan bienes. Con informe que su abogado puede presentar en juicio.
Solicitar valoración confidencialCuando un empleado trabaja para la competencia, se lleva clientes o desaparece material, la empresa necesita hechos antes de actuar. Un despido o una demanda basados en sospechas suelen acabar en una indemnización en su contra.
En SIPPEM somos detectives privados habilitados por el Ministerio del Interior (TIP 1684 y 3047, RNSP 10.325). Desde hace más de 25 años trabajamos con empresas, departamentos de RR. HH. y despachos laborales y mercantiles de Madrid.
Qué investigamos para su empresa
- Competencia desleal y pacto de no competencia. Empleados o exempleados que trabajan para la competencia, desvían clientes o montan una actividad paralela. Documentamos los hechos para el despido disciplinario por transgresión de la buena fe contractual (art. 54.2.d del Estatuto de los Trabajadores) o para reclamar el incumplimiento del pacto de no competencia (art. 21).
- Fraude interno y pérdidas sin explicar. Mercancía, material o caja que desaparece. Investigamos la conducta laboral del trabajador sin vulnerar su intimidad, como explicamos en ¿Quién está robando en tu empresa?
- Bajas fingidas y absentismo. Trabajadores de baja que realizan actividades incompatibles con su lesión. Es nuestro servicio más solicitado por las empresas: control de absentismo y bajas fingidas.
- Localización de deudores y bienes. Clientes o socios que dejan de pagar y ocultan su patrimonio. Localizamos domicilio, actividad y bienes para que su abogado pueda ejecutar la deuda.
- Due diligence de socios y proveedores. Antes de firmar una alianza o un contrato importante, comprobamos la actividad real, la solvencia y la reputación de la otra parte en fuentes abiertas.
Trabajamos coordinados con su abogado o con nuestra red de despachos. Si usted es abogado, conozca nuestra alianza estratégica para letrados.
Lo que la ley nos permite, y lo que no
El Estatuto de los Trabajadores permite a la empresa vigilar el cumplimiento de las obligaciones laborales (art. 20.3), siempre respetando la dignidad del trabajador. La Ley 5/2014 de Seguridad Privada habilita al detective para obtener pruebas sobre conductas o hechos privados por encargo de quien tiene un interés legítimo (art. 48).
| Sí hacemos | Nunca hacemos |
|---|---|
| Vigilar la actividad del trabajador en lugares públicos | Grabar dentro de domicilios u otros lugares reservados |
| Documentar visitas a clientes de la competencia | Acceder a correos, móviles o cuentas personales |
| Comprobar actividades incompatibles con una baja | Colocar localizadores en vehículos particulares |
| Investigar fuentes abiertas y registros públicos | Obtener datos bancarios o reservados |
Una precisión importante. La ley prohíbe a los detectives aceptar encargos para investigar delitos perseguibles de oficio, como un hurto, y les obliga a denunciarlos (art. 10.2 de la Ley 5/2014). Por eso, ante pérdidas en la empresa, investigamos el incumplimiento laboral. Si aparecen indicios de delito, se ponen en conocimiento de la policía o del juzgado.
Cómo trabajamos
- Consulta confidencial y gratuitaAnalizamos el caso con usted o con su abogado y valoramos si la investigación es viable y legal.
- Plan y presupuesto cerradosObjetivos, jornadas y contrato conforme a la Ley 5/2014.
- InvestigaciónVigilancias, fuentes abiertas y registros públicos, con fotografías y vídeo con metadatos verificables.
- Informe con método SIGPROCronología, pruebas y cadena de custodia, listo para el Juzgado de lo Social o de lo Mercantil.
- Ratificación en juicioEl detective que firma el informe lo defiende en sala. Más del 95 % de nuestros informes han sido ratificados.
Cuánto cuesta
Más gastos de desplazamiento e IVA. Las investigaciones en fuentes abiertas y la localización de bienes se presupuestan por encargo. Más detalle en Precio de un detective privado en Madrid.
Preguntas frecuentes
¿Puede una empresa contratar a un detective para vigilar a un trabajador?
Sí, cuando tiene sospechas fundadas de un incumplimiento laboral. La vigilancia se limita a espacios públicos y debe ser proporcionada.
¿Sirve el informe para un despido disciplinario?
Sí. Es una prueba habitual en el Juzgado de lo Social, y el detective la ratifica en el juicio.
¿Pueden investigar un robo en mi empresa?
Investigamos la conducta laboral del trabajador. Si aparecen indicios de delito, la ley nos obliga a comunicarlo a la autoridad.
¿Cómo prueban la competencia desleal de un exempleado?
Documentamos su nueva actividad, los clientes que visita y las relaciones con la competencia, siempre desde fuentes y lugares públicos.
¿Trabajan fuera de Madrid?
Sí. Tenemos sede en Madrid y trabajamos en toda España.
Proteja su empresa con pruebas
Cuéntenos su caso en una consulta confidencial y sin compromiso. Le responderemos en el mismo día laborable.
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Artículos del equipo de SIPPEM para entender su caso antes de dar el paso.